Este sitio lo edita Aithamy Rivero, desde Las Palmas. Voy a ser claro desde el principio: no soy asesor fiscal, ni abogado, ni economista, y este sitio no da asesoramiento. Es un proyecto de recopilación y comparación de datos fiscales municipales, y su valor está en de dónde saca esos datos y en decir siempre lo que no puede confirmar.
Empezó por un problema propio: averiguar cuánto se paga de IBI en un municipio concreto es sorprendentemente difícil. El tipo está en una ordenanza fiscal publicada en un boletín provincial, el calendario de cobro en la web de una diputación, el valor catastral en la Sede del Catastro y las bonificaciones repartidas entre la ley estatal y la ordenanza municipal. Nada está junto y casi nada está explicado en un idioma normal.
La idea del sitio es reunir eso: para cada municipio, qué tipo se aplica, quién cobra, qué bonificaciones existen y dónde comprobarlo en la fuente oficial. Hoy son 134 municipios en nueve comunidades autónomas, con los tipos de IBI urbano y rústico, el año de los valores catastrales, el ICIO, las tarifas del impuesto de circulación y los coeficientes de plusvalía que cada ayuntamiento tiene aprobados.
Voy añadiendo territorios cuando puedo documentarlos completos, no cuando me interesa tener más páginas: un municipio cuyos datos no puedo enlazar a una fuente oficial no entra. Prefiero cubrir menos y que cada cifra tenga su enlace y su fecha.
Al no ser profesional del sector, mi criterio no puede ser la autoridad: tiene que ser la trazabilidad. Por eso:
El proceso completo, con la cobertura de cada fuente y el registro de errores que ya he corregido, está en la página de metodología. Incluye los fallos que tenía este mismo sitio y que he ido arreglando: no me parece serio pedir confianza y esconder eso.
No hay redacción externa ni contenido comprado. El sitio es HTML estático generado a partir de un único fichero de datos: cuando corrijo un tipo de gravamen, la corrección aparece a la vez en la ficha del municipio, en el comparador nacional, en la página de su comunidad autónoma, en los gráficos y en la calculadora. Antes ese mismo dato estaba escrito a mano en cinco sitios distintos y no coincidía entre sí; de ahí salieron cientos de contradicciones que tuve que arreglar.
Los gráficos son propios: se dibujan con los datos publicados en cada página, llevan el texto como texto (no como imagen) y citan la fuente en el pie. No uso imágenes de stock ni ilustraciones decorativas, entre otras cosas porque no aportan nada a alguien que viene a saber cuánto va a pagar.
Antes de publicar cualquier cambio se ejecutan tres comprobaciones automáticas: una auditoría de todo el HTML y de todos los enlaces internos, una batería de pruebas en un navegador real (que la calculadora calcule bien, que las tablas ordenen, que los datos coincidan con la fuente) y una revisión del enlazado interno. Si algo apunta a una página que no existe, no se publica.
El sitio se sostiene con publicidad. Es la única fuente de ingresos y conviene que se sepa, porque afecta a la lectura de cualquier página: si hay anuncios, tienes derecho a saber quién paga.
Lo que no hay: no cobro por aparecer, ningún ayuntamiento ni organismo paga por su ficha, no hay contenido patrocinado disfrazado de artículo, no vendo datos de nadie y no gano comisión si contratas algo. Tampoco hay enlaces de afiliación en las guías. Si algún día apareciera contenido pagado, iría identificado como tal.
La publicidad no decide qué se publica. Los municipios que hay son los que he podido documentar con fuente oficial, y el orden de las tablas lo decide el dato, no el interés de nadie. El uso de cookies publicitarias y el consentimiento se explican en la política de cookies.
Este sitio está pensado para alguien que acaba de recibir un recibo y quiere entenderlo: cuánto se paga en su municipio, por qué su vecino paga distinto, si le corresponde alguna bonificación y dónde comprobarlo en la fuente oficial. También para quien está comprando en otra provincia y quiere saber a qué se compromete.
Cuando la respuesta a una pregunta es «depende de tu ordenanza», eso es lo que pone, con el enlace a donde mirarlo. Preferimos una respuesta incómoda y correcta a una redonda e inventada. Si buscas una interpretación jurídica de tu caso, este no es el sitio: eso es trabajo de un profesional habilitado.
No soy asesor fiscal ni tengo habilitación profesional para asesorar. Este sitio no presta asesoramiento fiscal, jurídico ni financiero, no tramita nada ante ninguna administración y no está vinculado a ningún ayuntamiento ni organismo público.
Si tu decisión implica dinero —recurrir un recibo, autoliquidar una plusvalía, solicitar una bonificación con plazo— consulta con un profesional habilitado o directamente con el organismo que gestiona el tributo. Y ante cualquier discrepancia, la ordenanza fiscal publicada en el boletín oficial es la que manda.
Si encuentras un dato mal, quieres que añada tu municipio o necesitas cualquier aclaración, escríbeme desde la página de contacto o a soporte@tasasmunicipales.info. Respondo en un máximo de 48 horas laborables.
Los datos de identificación fiscal y el domicilio del titular, exigidos por el artículo 10 de la LSSI, están en el aviso legal.
Última revisión de esta página: 25 de julio de 2026.