TasasMunicipales

Tasas Municipales
Illescas 2026

Castilla-La Mancha · Toledo · 30.000 hab. · Actualizado: febrero 2026

Guía completa de impuestos y tasas municipales de Illescas 2026: IBI, tasa de recogida de basura, plusvalía municipal y bonificaciones vigentes.

El tipo impositivo del IBI urbano en Illescas es del 0,60% sobre el valor catastral.

📋 Resumen de tasas 2026

Impuesto / TasaImporte / TipoPeríodo voluntario 2026
IBI Urbano0,60%15 sep – 15 nov 2026
IBI Rústico0,55%15 sep – 15 nov 2026
Tasa de Basuras (vivienda)~110 €/añoPrimer trimestre
Plusvalía MunicipalCalculadora disponible30 días tras escritura
Bonificación familia numerosa IBIHasta 50%Solicitar antes del 31 mar

📖 Contexto fiscal de Illescas

Illescas es un municipio de 30.000 habitantes ubicado en la corredor del Henares (Toledo, Castilla-La Mancha). Su tipo impositivo del IBI urbano para 2026 es del 0,60%, ligeramente por encima de la media nacional, en línea con municipios similares de Toledo. Para un inmueble con valor catastral de 90.000 €, la cuota bruta del IBI asciende a aproximadamente 540 € anuales antes de aplicar bonificaciones.

El período voluntario de pago del IBI se extiende del 15 sep – 15 nov 2026, adelantando el cobro respecto a otros municipios que lo sitúan en octubre. El Ayuntamiento de Illescas permite el fraccionamiento del recibo en dos plazos sin intereses si se solicita antes del inicio del período voluntario. También es posible domiciliar el pago para evitar recargos.

La tasa de recogida de basuras en Illescas se sitúa en torno a los 110 €/año para una vivienda habitual, un importe medio para municipios de su tamaño en Toledo. Esta tasa ha experimentado revisiones al alza en los últimos ejercicios como consecuencia de la Ley 7/2022 de Residuos, que obliga a financiar íntegramente el servicio con las tasas cobradas.

En cuanto a bonificaciones, el Ayuntamiento de Illescas aplica una reducción en el IBI del 25% para familias numerosas con título vigente, aplicable sobre la vivienda habitual. Además, los inmuebles con instalaciones de energía solar u otras fuentes renovables pueden acceder a una bonificación adicional de hasta el 20% durante tres años. El plazo general para solicitar cualquier bonificación es el 31 de marzo del ejercicio en curso.

Para la plusvalía municipal, Illescas aplica los coeficientes máximos establecidos por la normativa estatal. Desde la reforma de 2021, el contribuyente puede elegir entre el método objetivo y el método real, pagando únicamente si existe incremento de valor acreditado. En transmisiones por herencia, el plazo de liquidación es de 6 meses desde el fallecimiento.

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❓ Preguntas frecuentes sobre Illescas

❓ ¿Cuánto se paga de IBI en Illescas en 2026?
El tipo impositivo del IBI urbano en Illescas para 2026 es del 0,60%. Para un inmueble con valor catastral de 90.000 €, la cuota es de aproximadamente 540 € anuales. El período de pago voluntario es del 15 sep – 15 nov 2026.
❓ ¿Cuándo se paga el IBI en Illescas?
El período voluntario de pago del IBI en Illescas va del 15 sep – 15 nov de 2026. Si no se paga en ese plazo, la deuda entra en vía ejecutiva con un recargo del 5% en el primer mes, 10% hasta tres meses y 20% a partir de ahí.
❓ ¿Cuánto es la tasa de basura en Illescas 2026?
La tasa de recogida de basuras en Illescas para una vivienda habitual es de aproximadamente 110 €/año. Se cobra habitualmente en el primer trimestre del año. En contratos de alquiler, el propietario es siempre el responsable frente al Ayuntamiento, aunque puede trasladarlo al inquilino por contrato.
❓ ¿Qué bonificaciones tiene el IBI en Illescas?
El Ayuntamiento de Illescas aplica una bonificación en el IBI de hasta el 25% para familias numerosas con título vigente sobre su vivienda habitual. También existe bonificación de hasta el 20–30% durante tres años para inmuebles con instalaciones de energía solar u otras renovables. El plazo de solicitud es antes del 31 de marzo.
❓ ¿Cómo se calcula la plusvalía municipal en Illescas?
La plusvalía municipal en Illescas se puede calcular por el método objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente aprobado) o por el método real (ganancia efectiva × porcentaje del suelo). Desde la reforma de 2021 el contribuyente elige el más favorable. Si vendes con pérdidas, no hay plusvalía. El plazo de liquidación en compraventa es de 30 días hábiles desde la escritura.

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